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Servicios Periciales para Juicios de Sucesión (SPJS)

 ¿Qué es el SPJS?

El SPJS es un servicio profesional donde un cliente (abogado, persona natural o jurídica) solicita a un perito avaluador de in Situ presentar un INFORME PERICIAL (IP) para avalúo de bienes en una sucesión.

 ¿Por qué se requiere un SPJS?

El propósito del IP es asistir al Juez en el señalamiento del valor de los bienes de la sucesión, de conformidad con el Artículo 1581 del Código Judicial de la República de Panamá. Si los herederos no nombran a un perito que emita concepto sobre el valor de los bienes, el Tribunal lo hará de oficio (Art. 1542, Código Judicial).

¿Por qué es importante determinar el valor de los bienes?

El valor resultante del proceso de avalúo de los bienes de una sucesión, tiene varios usos:

  • Partir la herencia, es decir, identificar la parte correspondiente cuando existan varios legatarios, sea por acuerdo extrajudicial o por decisión del Tribunal;
  • Determinar si los bienes cubren el valor de deudas inventariadas en el proceso de sucesión;
  • Establecer nueva base imponible para el impuesto de inmueble en caso de terrenos y edificaciones (Art. 767, Código Fiscal).

¿Qué Actividades Incluye el SPJS que ofrece in Situ?

Para todos los tipos de bienes, se incluye una inspección ocular con fotografías, la estimación del valor según los elementos y condiciones existentes, la elaboración del IP, y la toma de posesión y entrega personalmente al Juzgado por parte de un perito calificado.  En el caso de terrenos e inmuebles, también están incluidas la gestión de la Certificación de Registro Público y la Certificación del Valor Catastral, siempre y cuando el inmueble esté actualizado en ANATI.

¿Qué no incluye el SPJS por in Situ?

No se incluyen investigaciones para determinar el número o la ubicación de fincas, la actualización del inmueble en el registro de ANATI, ni el trámite de duplicado del Registro Único Vehicular en el caso de autos y equipo rodante. De no contarse con esta información, podemos cotizar y facturar su obtención como un servicio aparte, ya que sin ella no se puede realizar el SPJS.

¿Qué calificaciones poseen los peritos de in Situ?

En Panamá, la realización de informes, dictámenes, inventarios y avalúos técnicos están incluidos en el ejercicio profesional de los ingenieros y arquitectos (Decreto Ejecutivo 257 de 1965), y reglamentados por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (Resolución 162 de 1981 y Resolución 128 de 2014), aplicándose por tanto el requisito de idoneidad en función de lo establecido en el Art. 965 del Código Judicial.  Los peritos de in Situ son profesionales idóneos acreditados por dicha JTIA, quienes han recibido formación profesional y poseen experiencia específica en la realización de avalúos.

¿Cuál es el objetivo de la inspección ocular de los bienes?

Su propósito es corroborar la existencia y estado físico de los bienes de la sucesión por parte de in Situ, lo cual documentamos a través de fotografías. Esta inspección no incluye pruebas, levantamiento de planos, ni la determinación de vicios de construcción o cumplimiento con la legislación vigente.

¿Cómo se estima el Valor de los bienes?

La estimación se realiza en base al método de costo para las edificaciones y del método comparativo de mercado para los terrenos (Decreto Ejecutivo 36 de 2010, Artículo 3). Para aseguramiento de la calidad en la aplicación de estos métodos, los procesos de valuación en in Situ se efectúan de conformidad con las Normas Internacionales de Valuación 2013. Bajo este estándar, para el método o enfoque de comparación, se contrasta el bien con el precio de otros intercambiados recientemente o que estén disponibles en el mercado, mediante investigación, ajustándolo de ser necesario en función de las diferencias encontradas; y el método o enfoque del coste de reposición depreciado consiste en estimar el coste de reemplazo del bien con un equivalente nuevo, y ajustarlo por la obsolescencia que presenta.

¿Por qué el Perito debe acudir al Tribunal y además llevar el informe?

Debido a que los Peritos aprecian o evalúan datos y hechos de influencia en el proceso, que no pertenecen a la experiencia común ni a la formación específica de un Juez, deben tomar posesión ante el mismo en función de desempeñar el cargo a conciencia y mantener una imparcialidad completa (Art. 959, Código Judicial).  Adicionalmente, tras rendir su dictamen en un informe pericial (IP), podrán ser examinados y repreguntados si el Juez así lo requiere.

¿Qué datos necesita in Situ para proceder?

Un usuario afiliado, sea abogado o cliente individual, puede solicitar una cotización, sin costo alguno, sólo con indicar la cantidad de bienes inmuebles y vehículos, y si su localización es urbana, suburbana o rural. Para esto, le asistimos con indicaciones precisas en base al corregimiento donde se encuentra cada bien.  Una vez recibida la instrucción y pago, para iniciar el proceso requerimos corroborar por parte del abogado que atiende el caso información adicional como la provincia en que se efectuará el proceso, el nombre del finado, los números de fincas de los bienes inmuebles, y el número de registro vehicular si aplica.